SUMARIO:
CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
DICTAMEN:
4-22-RC/22 En el Caso No. 4-22-RC El procedimiento de enmienda, establecido en el Artículo 441 de la Constitución, sí es apto para la modificación constitucional contenida en las preguntas 2, 3, 4, 5, 7 y 8 de la propuesta presentada por el Presidente de la República
SALA DE ADMISIÓN: RESUMEN DE CAUSA:
61-22-IN Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos. Legitimado Activo: Ángel Eduardo Sánchez Zapata en representación del Frente Unitario de Trabajadores (FUT) y otros