CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
SENTENCIA Y DICTAMEN:
4-22-RC/22A En el Caso No. 4-22-RC Dispónese que se proceda conforme al proceso prescrito para los referendos en la Constitución y demás artículos pertinentes del Código de la Democracia
4-22-CP/22 En el Caso No. 4-22-CP Declárese que la propuesta de Consulta Popular No. 4-22-CP cumple con los parámetros del control previstos en la Constitución y la LOGJCC