FUNCIÓN EJECUTIVA

DECRETOS:

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA:

126 Refórmese el Reglamento General a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones

127 Decrétese que la Presidencia de la República cuente con una Consejería de Gobierno para la integración regional y relaciones multilaterales de la Comunidad Andina

128 Decrétese que la Presidencia de la República cuente con una Consejería de Gobierno Ad Honorem de políticas públicas para la protección del sector bananero

129 Refórmese el Reglamento General de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19

130 Refórmese el Reglamento General a la Ley Orgánica de Sanidad Agropecuaria

131 Refórmese el Reglamento a la Ley Orgánica de Salud

132 Nómbrese al señor Mauricio Efraín Baus Palacios como Representante Permanente del Ecuador ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), con sede en París, Francia

133 Nómbrese al señor Sebastián Corral Bustamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República del Ecuador ante el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

134 Nómbrese al señor Roberto Illingworth Cabanilla como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República del Ecuador ante el Gobierno de la República Oriental del Uruguay

135 Nómbrese al señor Óscar Orrantia Vernaza como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República del Ecuador ante el Gobierno de la República Francesa

136 Cesar en sus funciones al señor Edmundo Enrique Ricardo Moncayo Juaneda como Director General del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores

137 Declárese en comisión de servicios a la comitiva oficial que acompañó al Primer Mandatario del Ecuador a la ciudad de Lima- Perú

138 Desígnese al señor Francisco Adrián Briones Rugel como Delegado Permanente del Presidente de la República para presidir el Directorio del banco público BANECUADOR B.P.

139 Refórmese el Reglamento General al Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación

140 Renuévese el estado de excepción, declarado mediante Decreto Ejecutivo No. 116 de 14 de julio de 2021, por un periodo de treinta días