CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
SENTENCIAS:
909-15-EP/20 En el Caso No. 909-15-EP Desestímese la
acción extraordinaria de protección
981-15-EP/20 En el Caso No. 981-15-EP Rechácese
por improcedente la demanda de acción
extraordinaria de protección identificada con el
No. 981-15-EP
1074-16-EP/20 En el Caso No. 1074-16-EP Desestímese la
acción extraordinaria de protección No. 1074-16-EP
1149-15-EP/20 En el Caso No. 1149-15-EP Desestímense
las pretensiones de la demanda de acción
extraordinaria de protección identificada con el
No. 1149-15-EP
1213-14-EP/20 En el Caso No. 1213-14-EP Desestímese la
acción extraordinaria de protección presentada
por Martha Mariana de Jesús Almagro Sánchez,
Gerardo Wenceslao Endara Cervantes y Carlos
Wilson Orellana Lescano
1260-15-EP/20 En el Caso No. 1260-15-EP Desestímese
la acción extraordinaria de protección
1322-14-EP/20 En el Caso No. 1322-14-EP Acéptese
la acción extraordinaria de protección
planteada por Juan Carlos Quintana Wilches,
procurador judicial del representante legal de
Trust Fiduciaria Administradora de Fondos y
Fideicomisos S.A. y, como tal, representante del
Fideicomiso Automotriz TF-G-358
1418-15-EP/20 En el Caso No. 1418-15-EP Acéptese
parcialmente la acción extraordinaria de
protección identificada con el No. 1418-15-EP
y declárese que la sentencia de 4 de marzo de
2015 en el juicio No 17113-2014-3174 vulneró el
derecho a la defensa de FRESHFROZEN S.A.,
Pablo Antonio Chiriboga Chiriboga y Marisa
Beatriz Dechiara Caruso
1484-11-EP/20 En el Caso No. 1484-11-
EP Desestímense las acciones
extraordinarias de protección No.
1484-11-EP
1530-15-EP/20 En el Caso No. 1530-
15-EP Desestímese la acción
extraordinaria de protección No.
1530-15-EP
1541-15-EP/20 En el Caso No. 1541-
15-EP/20 Desestímese la acción
extraordinaria de protección N°.
1541-15-EP
1547-16-EP/20 En el Caso No. 1547-
16-EP Desestímese la acción
extraordinaria de protección
presentada por Alba Yumbla
Macías, Directora Distrital de
Guayaquil del Servicio Nacional
de Aduana del Ecuador
1619-15-EP/20 En el Caso No. 1619-
15-EP Desestímese la acción
extraordinaria de protección