SUMARIO:

FUNCIÓN EJECUTIVA

ACUERDOS:

MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:

0253 Fíjase a partir del 1 de enero del 2014, el salario básico unificado para el trabajador en general, incluidos los trabajadores de la pequeña industria, trabajadores agrícolas y trabajadores de maquila; trabajador o trabajadora del servicio doméstico; operarios de artesanía y colaboradores de la microempresa, en 340,00/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica mensuales

0254 Fíjanse a partir del 1 de enero del 2014, los salarios/tarifas mínimas sectoriales de varias comisiones