CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
SENTENCIAS:
38-21-CN/25 En el Caso No. 38-21-CN Se absuelve la
consulta de constitucionalidad de norma No. 38-
21-CN, en el sentido de que no existe tensión entre
las normas consultadas (artículos 109 numeral
7, 109.1 y 109.2 del COFJ, relacionados con la
Resolución No. 12-2020 emitida por la Corte
Nacional de Justicia y la Resolución No. 107-2020),
dado que las mismas no contravienen el derecho a
recurrir en el caso concreto
75-21-AN/24 En el Caso No. 75-21-AN Se acepta
parcialmente la acción por incumplimiento
98-23-IS/25 En el Caso No. 98-23-IS Se acepta la acción
de incumplimiento No. 98-23-IS