FUNCIÓN EJECUTIVA
ACUERDOS:
MINISTERIO DEL TRABAJO:
MDT-2025-065 Se expiden delegaciones a las autoridades
del Ministerio
SECRETARÍA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN:
SNP-SNP-2025-0029-A Se designa al Mgs. Washington
Marcelo Mora Chaves, Director de Asesoría
Jurídica como delegado ocasional, para que asista
y actúe en la reunión previa de trabajo, del Comité
de la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria
del Sector Público
RESOLUCIONES:
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA:
MPCEIP-SC-2025-0191-R Se retira en su totalidad la
Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 7750-
2, Vehículos de carretera – Elementos del filtro de
aire para vehículos comerciales – Dimensiones –
Parte 2: Tipos C Y D (ISO 7750-2:1984, IDT)
MPCEIP-SC-2025-0193-R Se otorga la designación al
organismo de inspección ASIAMBUSINESS del
Ecuador S.A.
MPCEIP-SC-2025-0194-R Se retira en su totalidad la
Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO
11985, Óptica oftálmica. Lentes de contacto.
Envejecimiento por exposición a radiación UV y
visible (MÉTODO IN VITRO) (ISO 11985:1997, IDT)

FUNCIÓN JUDICIAL Y JUSTICIA INDÍGENA
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA:
09-2025 Se declara como precedente
jurisprudencial obligatorio el
punto de derecho: “Los tribunales
distritales de lo Contencioso
Administrativo, en ejercicio de su
potestad de control jurisdiccional
de la legalidad, tienen competencia
para hacer la revisión y análisis
de los documentos que integran el
expediente administrativo, para el
efectivo ejercicio de su potestad de
control de legalidad de la actividad administrativa”

10-2025 Se declara como precedente
jurisprudencial obligatorio
el punto de derecho: “Previo a
la imposición de sanciones por
las infracciones aduaneras a
las que se refiere el artículo 175
del COPCI, la Administración
Aduanera tiene la obligación de
iniciar un procedimiento sumario,
para verificar el hecho tipificado
como infracción y determinar
el responsable de la misma. En
este procedimiento, el presunto
infractor podrá ejercer su derecho
a la defensa y practicar todas las
pruebas de descargo pertinentes,
de conformidad con el artículo
240 del RCOPCI y artículo 363 del
Código Tributario.”

11-2025 Se declara como precedente
jurisprudencial obligatorio el
punto de derecho: “El control
jurisdiccional de legalidad de
las actuaciones administrativas,
cuya competencia está asignada
a los tribunales distritales de lo
Contencioso Administrativo,
se refiere no solo a los puntos
de derecho formulados por las
partes, sino que alcanza al control
relativo a todos los aspectos
relacionados a la controversia
judicial y a aquellos que tienen
relación directa con ella, que
comporten control de legalidad de
los antecedentes o fundamentos de
la controversia de que se trate; por
tanto, de justificarse la existencia
de afectaciones al ordenamiento
jurídico pertinente al caso, debe
adoptar las medidas encaminadas
a restablecer el imperio de la norma
jurídica y garantizar su efectiva vigencia”