SUMARIO:
CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
DICTAMEN:
1-22-RC/22 En el Caso No. 1-22-RC Dictamínese que el procedimiento de modificación constitucional establecido en el artículo 444 de la Constitución, es apto para tramitar la presente solicitud. De este modo, se cumple con el primer momento de control de constitucionalidad de la propuesta
SALA DE ADMISIÓN: RESUMEN DE CAUSAS:
23-22-IN Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos. Legitimado Activo: Carlos Augusto Carrasco Gutiérrez
44-22-IN Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos. Legitimados Activos: Mayra Alejandra Aguilera Realpe y otras
56-22-IN Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos. Legitimados Activos: Jorge Mauricio López Ochoa
OFICIO No. CC-SG-DTPD-2022-4515-JUR De conformidad con lo dispuesto en la Sentencia No. 33-20-AN/22, en su numeral “4” que señala: “Ordenar al Registro Oficial que publique el Acuerdo Ministerial 028-2021 suscrito el 21 de mayo de 2021”