FUNCIÓN EJECUTIVA
DECRETOS:
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA:
191 Se expide el Reglamento General a la Ley Orgánica de Transparencia Social
192 Las entidades que conforman los sectores financieros público; privado; y, popular y solidario, en el marco del Programa de Reactivación “Firmes”, podrán implementar mecanismos de diferimiento extraordinario y temporal de las obligaciones crediticias de sus clientes, que tengan domicilio civil o domicilio tributario en las provincias de Carchi e Imbabura; los cantones Cayambe y Pedro Moncayo de la provincia de Pichincha, y, las parroquias de Guayllabamba y Calderón del cantón Quito de la provincia de Pichincha, por hasta noventa (90) días