FUNCIÓN EJECUTIVA
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA:
DECRETOS EJECUTIVOS:

454 Se agradece los servicios prestados por el señor
José Javier De la Gasca LopezDomínguez y dar
por terminadas sus funciones como Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario, Representante
Permanente de la República del Ecuador ante la
Organización de las Naciones Unidas, con sede
en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América

455 Se nombra al señor Andrés Efrén Montalvo
Sosa como Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario, Representante Permanente de la
República del Ecuador ante la Organización de las
Naciones Unidas, con sede en la ciudad de Nueva
York, Estados Unidos de América

456 Se agradece por los leales y valiosos servicios
prestados por el señor Arturo David Felix Wong
como Ministro de Gobierno, reconociendo su
dedicación y compromiso con el país

458 Se ratifica en todo su contenido el “Acuerdo sobre
Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República
del Ecuador y el Gobierno de la República Oriental de Uruguay”

459 Se dispone que la modalidad de recuperación de la
jornada de trabajo suspendida el día jueves 31 de
octubre de 2024, se coordine y ejecute directamente
conforme a la disposición de la máxima autoridad
o de la Unidad de Administración del Talento
Humano de las entidades del sector público

FUNCIÓN JUDICIAL Y JUSTICIA INDÍGENA
RESOLUCIÓN:
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA:
18-2024 Se declara como precedente
jurisprudencial obligatorio,
el siguiente punto de derecho:
“Si del contexto de la demanda
laboral se verifican pretensiones
dirigidas a cuestionar el contenido
del acta de finiquito, tales como
la existencia de errores de cálculo
de los valores liquidados, valores
omitidos, o una posible renuncia
de derechos, las juezas y jueces
laborales tienen la obligación de
revisar este documento, sin que sea
necesario que la parte accionante
lo impugne de forma expresa en la demanda”