CORTE CONSTITUCIONAL
para el Período de Transición
SENTENCIAS:
005-10-SIN-CC Deséchase la demanda de inconstitucionalidad
de los decretos
ejecutivos 1406, 1493, 1647 y 1675, por
cuanto, en relación al contenido de la
demanda, los dos primeros han sido
superados por el Decreto Nº 1684 del 24
de abril del 2009, y los últimos han sido
derogados mediante Decreto Nº 172 del 7
de diciembre del 2009 …………………….
006-10-SIS-CC Declárase que no existe incumplimiento
de sentencia constitucional por
parte de la Dirección Nacional de
Rehabilitación Social y deséchase la acción
deducida por Asisclo Genaro Alvarez
Rivas ………………………………………
007-10-SIS-CC Declárase que no existe incumplimiento
por parte del Gerente General
de la Corporación Aduanera Ecuatoriana
respecto a la Resolución dictada por el ex
Tribunal Constitucional en el caso Nº
0302-03-RA …………………….…………
008-10-SIS-CC Declárase que no existe incumplimiento
de sentencia constitucional por
parte del Rector de la Universidad
Técnica de Machala y niégase la acción
deducida por Colón Boanerges Espinoza
Guamán ………..…………………………
009-10-SIS-CC Acéptase la demanda propuesta
por Lady Diana Enríquez Haro y declárase
el incumplimiento de la sentencia al
no haber sido reincorporada la demandante
a su puesto de trabajo y dispónese
que la Corporación Nacional de Electricidad
S. A. (CNEL), cumpla la sentencia
de manera inmediata …………………….
009-10-SCN-CC Declárase que el contenido del
inciso primero del artículo 407 del Código
de Procedimiento Penal, objeto de la
presente consulta de constitucionalidad,
no contradice ni vulnera norma constitucional
alguna ……………………………
010-10-SCN-CC Deniégase la consulta realizada
por la Segunda Sala de lo Penal de la
Corte Provincial de Pichincha
010-10-SIS-CC Declárase que no existe incumplimiento
del fallo expedido por la
Segunda Sala Especializada de lo Penal y
Tránsito de la Corte Provincial de Justicia
de Pichincha por parte del legitimado
pasivo, por cuanto el fallo se encuentra en
plena ejecución ..…………………………
011-10-SCN-CC Recházase la consulta de constitucionalidad
presentada por los Jueces
Distritales del Tribunal Distrital Contencioso
Administrativo Nº 4 de Portoviejo,
provincia de Manabí ………………….…
0012-10-SCN-CC Declárase que el contenido del
inciso tercero del artículo 581 del Código
del Trabajo, objeto de la presente consulta
de constitucionalidad, no contradice ni
vulnera ninguna norma constitucional …
024-10-SEP-CC Decláranse vulnerados los derechos
constitucionales a la tutela judicial
efectiva y al debido proceso del señor
Marco Alfredo Morales Mora, acéptase la
acción extraordinaria de protección
planteada y déjase sin efecto la sentencia
dictada por el señor Juez Noveno de lo
Penal de Pichincha ………………………
025-10-SEP-CC Deséchase la acción extraordinaria
de protección planteada por Rosa
Clementina Moreta Molina en contra de la
sentencia dictada por el Juez Décimo
Tercero de lo Civil de Pichincha …………
027-10-SEP-CC Acéptase la acción extraordinaria
de protección deducida por el doctor
Wilson Fernando Altamirano Jara y
déjase sin efecto la sentencia expedida por
los Jueces de la Segunda Sala de lo Penal
de la Corte Nacional de Justicia