FUNCION EJECUTIVA
DECRETOS:
420 Redúcese el valor del anticipo al
Impuesto a la Renta del período fiscal
2010, a las estaciones de servicio de
combustibles y a las comercializadoras de
combustible en el segmento automotor …
2
422 Créase el Bono “Joaquín Gallegos Lara” 3
423 Asciéndese al grado de Coronel de Policía
de E.M., a varios señores tenientes
coroneles de Policía de E.M., pertenecientes
a la Cuadragésima Séptima Promoción
de Oficiales de Línea ……..…….
5
435 Dispónese que todos los órganos que
forman la Administración Pública
Central e Institucional, traspasarán a
título gratuito a la Unidad de Gestión
Inmobiliaria del Sector Público,
INMOBILIAR, el dominio de todos los
bienes inmuebles que sean de su
propiedad y que no estén siendo
utilizados en sus actividades principales
en un plazo no mayor de 60 días desde la
Págs.
expedición del presente decreto, con
excepción de los bienes dispuestos para la
seguridad interna y externa del Estado,
los bienes que integran el patrimonio
cultural y natural y áreas protegidas …..
5
REGULACION:
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR:
014-2010 Burós de Crédito de Información
Crediticia …………..………………….. 7
RESOLUCIONES:
CONSEJO DE LA JUDICATURA:
019-2010 Modifícase la competencia, en razón
de la materia, del Juzgado Vigésimo
Sexto de lo Civil del Guayas, con sede en
el cantón Naranjito, asignándole competencia
en todas las materias en primera
instancia y jurisdicción donde ha venido
ejerciéndola el Juzgado Vigésimo Sexto
de lo Civil del Guayas

020-2010 Modifícase la competencia, en razón
de la materia, del Juzgado Vigésimo
Segundo de Garantías Penales del
Guayas, con sede en el cantón Velasco
Ibarra, asignándole competencia en todas
las materias en primera instancia y
jurisdicción donde ha venido ejerciendo
el Juzgado Vigésimo Segundo de
Garantías Penales del Guayas ………….
8
031-2010 Revócase la Resolución 49-2009, expedida
el 2 de septiembre del 2009, en la
cual se amplía la competencia en razón
del territorio de los juzgados Noveno de
Garantías Penales y Décimo Séptimo de
lo Civil de El Oro, con sede en el cantón
El Guabo; y, refórmase el Art. 1 de la
Resolución 01-2010, expedida el 5 de
enero de 2010, en el que se dispone que
los procesos que se generen en el cantón
Camilo Ponce Enríquez de la provincia
del Azuay sean conocidos y resueltos por
la Corte Provincial de El Oro, en
consecuencia, todas las causas generadas
en el cantón Camilo Ponce Enríquez, en
segunda instancia, serán conocidas y
resueltas por la Corte Provincial del
Azuay …………………………………….
9
037-2010 Amplíase la competencia de los Juzgados
de Garantías Penales: Vigésimo
Primero, Vigésimo Segundo, Vigésimo
Tercero y Vigésimo Cuarto de Pichincha,
con sede en la ciudad de Quito; y
Vigésimo Sexto, Vigésimo Séptimo,
Vigésimo Octavo y Vigésimo Noveno de
Guayas, con sede en la ciudad de
Guayaquil ………………………………..
9
038-2010 Impleméntanse varias creaciones de
cargos en el vigente presupuesto del
Consejo de la Judicatura – Distributivo
de Remuneraciones Unificadas, con financiamiento
del Gobierno Central ……
10
044-2010 Deróganse las normas para aplicar
los procedimientos para las modificaciones
presupuestarias y su instructivo
correspondiente …………………………
11
045-2010 Expídense varias Normas de Aplicación
del Mandato Constituyente No. 2
relacionado con la indemnización por
renuncia o retiro voluntario para
acogerse a la jubilación o por supresión
de partidas en la Función Judicial ……..
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051-2010 Amplíase la competencia en razón de
la materia, del Juzgado Décimo Noveno
de lo Civil del Azuay, con sede el cantón
Oña, convirtiéndole en Juzgado Multicompetente
, facultándole expresamente
para conocer todas las materias en
primera instancia y con jurisdicción en
el cantón Oña ……………………………
14
Págs.
SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:
NAC-DGERCGC10-00411 Dispónese que las
personas naturales o sociedades que
organicen, promuevan o administren
espectáculos públicos ocasionales con la
participación de extranjeros no residentes
en el país, previa a la realización
del espectáculo, deberán presentar ante el
Servicio de Rentas Internas una garantía
irrevocable, incondicional y de cobro
inmediato, equivalente al 10% del monto
del boletaje autorizado, misma que será
devuelta una vez satisfecho el pago de la
retención correspondiente