CORTE CONSTITUCIONAL
para el Período de Transición
DICTAMEN 028-10-DTI-CC
CASO N.º 0024-10-TI
Las disposiciones contenidas en el “Octavo Protocolo Adicional al Acuerdo de
Complementación Económica No. 59 suscrito entre los gobiernos de la República Argentina,
de la República Federativa de Brasil, de la República del Paraguay, y de la República
Oriental del Uruguay, Estados Parte del MERCOSUR y los Gobiernos de la República del
Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela, países miembros de la Comunidad
Andina” guardan armonía con la Constitución y, en consecuencia
se declara su constitucionalidad.